TRADUCCIONES

jueves, 15 de febrero de 2018

ACTIVIDAD FUNCIONAL, BENEFICIO DEL TERCERO

ACTIVIDAD FUNCIONAL, BENEFICIO DEL  TERCERO

Escrito por Ariel Rodríguez M., ser humano del planeta tierra, escritor de realidades, pensador filosófico, producción audiovisual. 

A raíz de la necesidad de colaboración que se requiere en la actividad funcional de nuestro Ministerio Público se ha optado durante muchos años por admitir el apoyo de terceras personas que en todo caso no han sido de mucha ayuda, debido a que su permanencia ha contribuido a la burocracia que tanto daño le hace a nuestro sistema procesal.

Los aprendices o aspirantes que ingresan buscando lucro, dañan la actividad fundamental de funcionalidad que se encuentra muy bien labrada por los actores principales de cada una de las divisiones Departamentales que protegen a la sociedad.

Si bien los cuadernos y procesos son sobreabundantes el retardo se debe a la repetición bajo un tenor ya incorporado para su modificación en cada una de las actuaciones en el manejo de cada uno de los cuadernos de investigación; prestar, acomodar debe ser la tarea sin remuneración pero lamentablemente su pago ha sido en fotocopias, requerimientos y otros que se constituyen en delitos flagrantes penales, aunque estas personas no sean parte de la Institucion Pública, los mismos tienen responsabilidad penal, ya que muchas veces la compra de una insignia Institucional y su permanencia o la antigüedad los ha echo creer que pueden injuriar, difamar y hasta utilizar recursos materiales de la Institución para fines lucrativos en su propio beneficio.

Quienes acompañan a la Institución emblemática según sus propósitos de iniciación que aun no han obtenido titularidad en el ejercicio de funciones públicas, permanenciendo y manteniendo solamente la antiguedad como un sistema de supuesta capacidad, que en la actualidad no goza de experiencia, capacidad, y peor aún los mismos juntamente tienen malas costumbres urbanas, jurídicas y económicas siendo este el mayor error.

La falta de un lugar laboral en la admisión de personal adecuado hace que se produzca el ingreso de estas personas, lastimosamente en la obtención de beneficios indebidos por su antigüedad.

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